Por Elsa Espinoza
Caminando por una de las calles de Bello Horizonte vi un cachorro amarrado a un árbol con un mecate tan pequeño que el perro apenas podía sentarse entre sus patas. A la cuadra, un perro dormido en el porche de una casa temblando de frío. No muy lejos, otro perro amarrado al portón en el porche de otra casa con un cordón de zapatos.
En otra ocasión me dirigía a mi trabajo en Diriamba, a bordo de una caponera y presencié cómo de manera salvaje un campesino puyaba con un palo con punta filosa a un buey, gritándole que siguiera jalando la carreta. Fueron tantas las veces que hirió al animal, que este quedó tendido en el piso, sin moverse. Al ver tal brutalidad y sintiéndome impotente por no saber qué hacer, le grité: ¡Deje al animal en paz!, ¿qué sentiría usted si después de trabajar lo empezaran a puyar por querer descansar? ¡No sé quién es más animal, el animal por serlo o usted, por bruto!
El campesino, ni se volteó para verme, solo seguía golpeando al animal y el conductor de la caponera riéndose por lo que le había dicho al campesino, me dijo: “Aquí es normal, si un animal no entiende hay que hacerle entender
”
Muy enojada le recriminé: “¿Y qué se puede hacer para que los seres humanos entiendan? ¿Es necesario hacerles lo mismo?”
En Nicaragua, la Ley para la Protección y el Bienestar de los Animales Domésticos y Animales Silvestres Domesticados, Ley 747, expresa en una de sus consideraciones que “los nicaragüenses estamos obligados a velar por la protección y el bienestar de los animales domésticos y silvestres que cohabitan con los seres humanos, a fin de evitar su extinción, maltrato u otras formas de discriminación o sufrimiento innecesario durante su reproducción, desarrollo y existencia”.
Según esta Ley, el bienestar animal, además de considerar el estado de salud mental y física donde el animal esté en completa armonía con el ambiente que lo rodea, también considera cinco libertades fundamentales que lo complementan: estar libre de hambre y sed, estar libre de incomodidad y molestias, estar libre de dolor, lesiones y enfermedades, estar libre de expresar un comportamiento normal, y por último, estar libre de miedo y sufrimiento.
Sin embargo, aunque Nicaragua sea un país donde se han realizado excelentes iniciativas en el marco de legislación ambiental, no existe un departamento policial ambiental que regule, investigue y dé seguimiento a los casos de maltrato y crueldad a los animales. Es necesario que dentro de la agenda gubernamental se integre la creación de un cuerpo especializado de policía ambiental y ecológica, con el propósito de prestar apoyo a las autoridades competentes, así como a la sociedad, en la defensa y protección del medioambiente y los seres que la integran, entre ellos los animales, de quienes debe haber un mayor control y cumplimiento de sus derechos. Además, colaborar en las tareas de educación, promoción y prevención contra el maltrato animal que conlleven a generar conciencia y cambio de actitud en la sociedad con respecto al trato hacia los animales.
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