Nicaragua
tiene aproximadamente 57,000 km2 de cobertura forestal, que
corresponden a casi el 48% del territorio nacional, según estudios de INAFOR,
mientras que la tasa anual de deforestación se estima actualmente en sólo 50,
000 hectáreas. Esto debido a la extensión contínua de los
campos agrícolas, la valoración inadecuada de bosques, la falta de
incentivos para el desarrollo forestal sostenible, la excesiva presión sobre el
bosque para comercialización, el alto consumo de
leña, así como el poco seguimiento y aplicación de las leyes en materia
forestal, acciones que cada día contribuyen más a la destrucción de hábitats de
muchas especies de animales, aumento de temperatura y degradación de los suelos en nuestro país.
A pesar
de estos desalentadores indicativos, Nicaragua cuenta con una amplia legislación
actualizada en materia forestal, entre ellas la Ley de Conservación, Fomento y
Desarrollo Sostenible del Sector Forestal, Ley 462 aprobada el 3 de
noviembre del año 2003, la cual establece una serie de medidas para garantizar
la sostenibilidad de los recursos y promover la actividad forestal en el país.
También tiene por objeto establecer el
régimen legal para la conservación, fomento y desarrollo sostenible del sector
forestal tomando como base fundamental el manejo forestal del bosque natural, el
fomento de las plantaciones, la protección, conservación y la restauración de
áreas forestales.
Esta ley
autoriza el aprovechamiento de la madera de los bosques naturales, siempre y
cuando se haga de acuerdo a un plan de manejo forestal. Es muy interesante saber que los árboles
necesitan plazos de 25 años como mínimo
para regenerarse, según su especie, así que es necesario aprovechar los
árboles de manera sostenible sin destruirlos.
Así mismo
la Ley 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, promueve
la protección de los bosques de manera general como áreas protegidas parte de un
ecosistema y no como un recurso renovable. También contempla la promoción del
equilibrio ecológico, la prevención
de la contaminación ambiental, el adecuado aprovechamiento de los elementos
naturales, así como el mejoramiento del entorno natural en los asentamientos
humanos.
Por otra
parte, las entidades gubernamentales como INAFOR, MAGFOR Y MARENA, Policía
Nacional, Ongs y agentes del sector privado se encargan del ejercicio de la
gestión forestal en el país y la promoción de una serie de actividades
ambientales. No obstante, la gestión forestal no sólo le compete a las
organizaciones mencionadas anteriormente, sino que también es obligación de la
población nicaragüense participar en la promoción del desarrollo forestal
sostenible del país involucrándose en actividades y buenas prácticas forestales como la
reforestación de madera preciosa en parques y áreas verdes, poda moderada de
los árboles en las casas de habitación, no hacer tala de árboles innecesaria,
siembra de árboles frutales en los patios de la casas, siembra de árboles de
rápido crecimiento en los bulevares, evitar a lo máximo el consumo de leña,
etc.
También la sociedad nicaragüense puede aportar al
ejercicio de la gestión forestal
sostenible mediante la búsqueda de información en materia forestal y
promoviendo la regulación, ejercicio, y aplicación de la legislación forestal,
según su reglamentación, tanto en el hogar como en el trabajo, centro de
estudios, ferias, en fin en todos los ámbitos de la sociedad. Dicho accionar de
la población repercutirá en la foresta nicaragüense durante los próximos 30
años, lo que contribuirá de manera directa al mejoramiento de nuestra calidad
de vida. Hay que recordar que quienes serán testigos de los resultados de
nuestros esfuerzos serán las futuras generaciones, así que es necesario actuar
desde ya.
Licenciada
Elsa Ruth Espinoza Orozco
Comunicadora
Social y Educadora Ambiental Independiente
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